Colmenarejo
El Escorial
EL ESCORIAL
Fresnedillas
FRESNEDILLAS DE LA OLIVA
Navalagamella
NAVALAGAMELLA
Robledo
ROBLEDO DE CHAVELA
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SANTA MARÍA DE LA ALAMEDA
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VALDEMAQUEDA
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ZARZALEJO
Valdemorillo
Valdemorillo
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Procedimiento

A – FASE DE INICIO

El inicio de este procedimiento se produce siempre mediante la presentación de una solicitud por parte de la persona que se encuentra en situación de dependencia o de quien la represente.
El modelo de solicitud recoge datos personales del solicitante y, en su caso de su representante, relativos a la residencia en España, a la situación de dependencia, a los servicios de los que ya disfruta el solicitante y acerca de sus preferencias respecto a los servicios y prestaciones del catálogo del SAAD. La solicitud debe ir acompañada de los siguientes documentos:

 

– DNI del solicitante y, en su caso, de la persona que firme en su nombre.

– Documento o documentos en vigor (es decir, con una antigüedad inferior a tres meses) emitidos por los Ayuntamientos correspondientes en los que se acredite:

1 – El empadronamiento en un municipio de la Comunidad de Madrid en el momento de la solicitud.
2 – La residencia, durante al menos cinco años, en España.
3 – Que de esos cinco años, los dos últimos hayan sido inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.

 

– Los extranjeros no comunitarios deberán aportar, además, un certificado del Ministerio del Interior en el que se reconozca su residencia legal en España. Dicho documentos debe acreditar: que en el momento de la solicitud se está en situación de residencia legal en España, que esa situación ha sido de, al menos, cinco años, y que de esos cinco años los dos últimos han sido inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud.

– Un informe de condiciones de salud con menos de un año de antigüedad. Este informe deberá ajustarse al modelo normalizado incluido en el Decreto 54/2015, en el caso de que vaya a ser firmado por cualquier médico colegiado no incluido en la Sanidad pública madrileña. Para aquellas personas que hacen uso de la Sanidad pública madrileña se admitirá el informe que le entreguen en su Centro de Salud.

– En caso de tener reconocido un grado de discapacidad por una Administración distinta a la de Comunidad de Madrid se deberá aportar copia del certificado.

– En caso de tener reconocido el complemento de gran invalidez se deberá aportar copia de ese reconocimiento.

 

La solicitud y los documentos que la deben acompañar se pueden presentar en: 

– Los registros de las entidades locales correspondientes a los Centros de Servicios Sociales Municipales , que la remitirán a la Comunidad de Madrid en el plazo de 15 días hábiles acompañada de un informe sobre el entorno en que vive el solicitante siguiendo el modelo normalizado adjunto a la Orden 625/2010.

– Cualquier registro de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales incluido el registro telemático al que se accede a través del portal www.madrid.org.

– Cualquier registro de la Administración General del Estado.

– Cualquier registro de cualquiera de las administraciones autonómicas, la de Madrid, u otras.

– Cualquier registro municipal de Ayuntamientos que hayan suscrito el convenio de Ventanilla Única.

– Las oficinas de Correos.

Una vez recibida la solicitud junto con la documentación mencionada, se estudiará para comprobar si está completa o no. En caso de que no lo estuviera, se hará un requerimiento al solicitante para que entregue la documentación correcta en el plazo de quince días hábiles. Si no atiende al requerimiento en tiempo y forma, se entenderá que el solicitante desiste de su solicitud. No obstante, puede volver a presentarla en el futuro.

B – FASE DE INSTRUCCIÓN

Cuando la solicitud y la documentación están completas, se realiza la valoración de la situación de dependencia del solicitante que, salvo casos excepcionales, debe ser realizada en el entorno habitual del interesado.

Realizada la valoración por el organimo competentre, el expediente se revisa por el equipo médico de la Dirección General, que constatará que ha sido realizada de forma correcta y que todos los datos que obran en el expediente son coherentes con el resultado de la misma, pudiéndose solicitar informes médicos o psicológicos complementarios o devolver la valoración al valorador para que la complete, la corrija o la repita

Además, el equipo médico codifica las patologías que ocasionan la situación de dependencia en orden de importancia, siguiendo la décima edición de la Clasificación Internacional de Enfermedades de la Organización Mundial de la Salud (CIE-10) Revisada la valoración y codificadas las patologías, se procede a aprobar el dictamen técnico en la Comisión Técnica de Valoración de la Dependencia que es el órgano de valoración de la Comunidad de Madrid constituido por profesionales de todos los perfiles sociosanitarios presentes en el equipo de valoración (médicos, psicólogos, trabajadores sociales, terapeutas ocupacionales y diplomados universitarios en enfermería). La Comisión tiene atribuida, entre otras funciones, la de aprobar el dictamen técnico preceptivo para poder resolver el reconocimiento de la situación de dependencia.

En este dictamen técnico se propone al director general de Coordinación de la Dependencia reconocer la situación de dependencia en un determinado grado y nivel basándose en el resultado de la valoración y en los diagnósticos. Además, se señala si se trata de un dictamen permanente o si tiene carácter revisable en una determinada fecha. También, puede proponer al director general que desestime la solicitud si no se ha alcanzado el mínimo de 25 puntos en la valoración.

– Resolución desestimatoria por no haber alcanzado los 25 puntos en la valoración.- Resolución desestimatoria por incumplimiento de requisitos.- Resolución en la que se declara al solicitante desistido de su solicitudpor no haber atendido en tiempo y forma el requerimiento de subsanación.- Resolución en la que se declara la caducidad del procedimiento por no haber podido llevar a cabo la valoración por causa imputable al interesado.- Resolución en la que se declara concluso el procedimiento por imposibilidad material de continuarlo debido al fallecimiento del solicitante.-Resolución de archivo por renuncia/desistimiento del solicitante. Si se tiene constancia escrita de que el solicitante no quiere continuar con el procedimiento, se archiva el expediente.- Resolución de archivo del expediente por traslado del solicitante a otra Comunidad Autónoma.Cuando el solicitante deja de residir en la Comunidad de Madrid, la administración competente para proseguir las actuaciones será la de la Comunidad Autónoma de destino, que retomará el procedimiento en el punto en que se encuentre.

C – FASE DE TERMINACIÓN

a) Resolución de reconocimiento de la situación de dependencia.
La resolución de reconocimiento de la situación de la dependencia, firmada por el director general de Coordinación de la Dependencia y notificad a los interesados, es el acto que, de forma general, pone fin a este primer procedimiento.
En este acto se reconoce la situación de dependencia del solicitante en un determinado grado y nivel en función de los puntos obtenidos en la valoración. El resultado tiene validez en todo el territorio nacional y otorga a los solicitantes el derecho subjetivo a disfrutar de los servicios o prestaciones económicas del catálogo. Por eso, en este documento se les informa de cuáles son esos servicios o prestaciones a los que tiene derecho y de la fecha de efectos de los mismos en función del calendario de aplicación de la Ley 39/2006.

b) Otras formas de terminación del procedimiento.
Puesto que no siempre es posible concluir el procedimiento reconociendo al solicitante la situación de dependencia, existen otras formas de terminación:

– Resolución desestimatoria por no haber alcanzado los 25 puntos en la valoración.

– Resolución desestimatoria por incumplimiento de requisitos.

– Resolución en la que se declara al solicitante desistido de su solicitudpor no haber atendido en tiempo y forma el requerimiento de subsanación.

– Resolución en la que se declara la caducidad del procedimiento por no haber podido llevar a cabo la valoración por causa imputable al interesado.

– Resolución en la que se declara concluso el procedimiento por imposibilidad material de continuarlo debido al fallecimiento del solicitante.

-Resolución de archivo por renuncia/desistimiento del solicitante. Si se tiene constancia escrita de que el solicitante no quiere continuar con el procedimiento, se archiva el expediente.

– Resolución de archivo del expediente por traslado del solicitante a otra Comunidad Autónoma.Cuando el solicitante deja de residir en la Comunidad de Madrid, la administración competente para proseguir las actuaciones será la de la Comunidad Autónoma de destino, que retomará el procedimiento en el punto en que se encuentre.

D – REVISIÓN

La resolución que pone fin al procedimiento de reconocimiento de la situación de dependencia se puede revisar a instancia de parte a través de dos vías distintas:

 – Mediante recurso de alzada en aquellos casos en los que se pueda alegar una infracción del ordenamiento jurídico.

– Mediante solicitud de revisión del grado en aquellos casos en los que se pueda acreditar suficientemente mejoría o empeoramiento en la situación de dependencia o bien error en el diagnóstico o en la aplicación del baremo.

El órgano competente en materia de dependencia resolverá el procedimiento de reconocimiento de grado y nivel de dependencia del solicitante e iniciará el procedimiento para la elaboración del Programa Individual de Atención.

Cuando la tramitación del expediente lo permita, y en aras a una mayor eficacia en la tramitación administrativa el órgano competente en materia de dependencia, podrá resolver conjuntamente el reconocimiento de la situación de dependencia y la elaboración del Programa Individual de Atención.

Los plazos máximos para resolver los procedimientos de reconocimiento de la situación de dependencia y de elaboración del Programa Individual de Atención serán de seis meses, a contar desde la fecha en que la solicitud tenga entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.

< 2022 >
Diciembre
  • 14

    CURSO de la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Oeste La seguridad digital para el desarrollo de la ciudadanía en la infancia y la adolescencia

    17:30 -19:30
    14/12/2022-19/01/2023

    CURSO de la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Oeste

    La seguridad digital para el desarrollo de la ciudadanía en la infancia y la adolescencia
    PONENTES
    Myriam Fernández-Nevado
    Profesora de la Universidad Complutense de Madrid y de la Universidad Europea Miguel de Cervantes (UEMC) de Valladolid. Abogada, politóloga y socióloga. Mediadora y perito psicosocial. Formadora de la Sociedad Española de Pediatría Social (SEPS). Asesora externa de la Comisión Europea – Red Eurochid, Gobierno de España y diferentes entidades públicas y de Comunidades Autónomas.
    Kepa Paul Larrañaga
    Investigador para el Centro de Internet Segura del Instituto Nacional de Ciberseguridad (INCIBE). Miembro del consejo editorial de la Revista Complutense “Sociedad e infancias” y del consejo asesor de la “Cátedra de los Derechos del Niño” (ICADE-Universidad Pontificia Comillas). Vicepresidente del Observatorio de Contenidos Televisivos y Audiovisuales (OCTA), además de miembro del Comité de Expertos de Atresmedia para la Alfabetización Mediática e Informacional (AMI).
    La reciente aprobación en España de la ESTRATEGIA DE ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA SOBRE LA INFANCIA Y ADOLESCENCIA nos moviliza a todas las personas para frenar la violencia que diariamente nos afecta en las redes sociales de Internet, y especialmente a los niños y las niñas como usuarios activos que son del entorno digital.
    Con el fin de ERRADICAR LA VIOLENCIA DIGITAL, y LOGRAR ENTORNOS PROTECTORES y de BUEN TRATO en las redes sociales para los niños y las niñas, se convoca a todos los padres y madres, los abuelos y abuelas, de los municipios de la Mancomunidad Sierra Oeste (Colmenarejo, El Escorial, Fresnedillas de La Oliva, Navalagamella, Robledo de Chavela, San Lorenzo de El Escorial, Santa María de la Alameda, Valdemaqueda, Valdemorillo, y Zarzalejo) a un Curso de la Mancomunidad que tiene como OBJETIVO dar las CLAVES JURÍDICAS Y SOCIALES para facilitar e impedir que los niños y niñas residentes en los municipios de la Sierra Oeste sufran de situaciones de violencia en Internet, y puedan disfrutar de una ciudadanía digital plena.
    El Curso, que cuenta con 6 SESIONES de 2 HORAS de duración cada una, se realizará entre los meses de diciembre y enero a través de la plataforma MEET en horario de 17.30 a 19.30 horas.
    Los asistentes al Curso pueden indicar en el formulario de inscripción a qué sesiones les interesaría asistir.
    CONTENIDOS
    1ª SESIÓN: La seguridad digital en la infancia y la adolescencia desde la perspectiva jurídica (El desarrollo de la normativa digital española: aspectos prácticos, La regulación de los contenidos audiovisuales en el entorno digital, Análisis de las tipologías de delitos digitales que afectan a niños-as)
    2ª SESIÓN: Riesgos en el ecosistema digital para niños y niñas (Qué es el ecosistema digital, Clasificación de tipos de riesgos en el ecosistema digital, Glosario de términos sobre el entorno digital: puesta en común)
    3ª SESIÓN: La seguridad digital en la infancia y la adolescencia desde la práctica (Estudios de casos desde una perspectiva jurídica, Estándares prácticos de seguridad digital en el ámbito familiar, Puesta en común)
    4ª SESIÓN: Uso y exposición en el ecosistema digital para los niños y las niñas (Estudio de caso: Las noticias falsas en Internet, Propuestas para motivar la acción social en la infancia y la adolescencia, El ocio y la cultura digital en la infancia y adolescencia)
    5ª SESIÓN: La alfabetización digital y el pensamiento crítico en la infancia y adolescencia (La alfabetización digital y ética de la ciudadanía, El pensamiento crítico en la infancia y adolescencia, El buen trato en el entorno digital)
    6ª SESIÓN: Limitaciones para la ciudadanía digital en la infancia y adolescencia (Limitaciones de la ciudadanía digital efectiva de los niños-as: el caso de la escuela, Reflexión conjunta mediante el análisis de informaciones en medios de prensa, Puesta en común)
    FECHAS: 14 y 15 de diciembre, 11 y 12 de enero, 18 y 19 de enero.
    HORARIO: de 17.30 a 19.30 horas.
    LUGAR: Plataforma digital MEET (se remitirá el enlace de acceso a los inscritos/as).

    FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN:

    https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSdSPjgWWOihj_LG0xASQLMHyzNWDTvt34r–oyLlalrlHPGKQ/viewform

    CARTEL – Curso – La seguridad digital para la ciudadanía en la infancia y adolescencia

    FLYER – Curso – La seguridad digital para la ciudadanía en la infancia y adolescencia

  • 16

    JORNADA “EXPERIENCIAS DE PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA ENTRE IGUALES”

    Todo el día
    16/12/2022

    JORNADA “EXPERIENCIAS DE PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA ENTRE IGUALES”

    16 de Diciembre: Sala de Audiovisuales del Instituto Gregorio Peces Barba de Colmenarejo.

    PROGRAMA:

    8,50-9:00: Recepción de los asistentes. Presentación de la Jornada.

    9:00-10:15: “Infancia segura. Prevención y respuesta a la violencia entre iguales”. Virginia San Juan Rodrigo y Alvaro Matés Pro. Educadores Sociales de Aldeas Infantiles S.O.S.

    10:15-10:35: Debate.

    10:45-12:00: “Prevención de la violencia entre iguales: ¿Qué sucede con las bandas juveniles?”. María Oliver Torres. Profesora de Secundaria, Investigadora y Experta en grupos juveniles de calle.

    12:00-12.25: Descanso.

    12:30-12:50: Debate.

    12:50- 14:05: “Prevención de la violencia desde el origen”. Chavi Nieto. Divulgador de Comunicación No violenta.

    14:05-14:25: Debate.

    14:25-14:30: Clausura de la Jornada.

    • Organiza: Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Oeste. Programa de Familia e Infancia.
    • Colabora: Instituto Gregorio Peces Barba. Departamento de Orientación.
    • Promueve: Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

    Díptico e Inscripción

  • 21

    Se ha aprobado la convocatoria de los procesos selectivos para la estabilización del empleo temporal de larga duración

    21:31 -21:32
    21/12/2022

    APROBACIÓN DE LAS BASES DE LOS PROCESOS SELECTIVOS QUE CONVOCA LA MANCOMUNIDAD PARA LA ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN
    Con fecha 21 de diciembre de 2022, la Presidenta de la Mancomunidad ha aprobado, conforme a lo dispuesto en la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de medidas para la reducción de la temporalidad en las administraciones públicas, la Convocatoria y Bases que regirán los procesos selectivos para la estabilización de empleo temporal de larga duración.
    Se convocan las siguientes plazas
    Por concurso-oposición:
    1 plaza de Trabajador Social del Centro de Servicios Sociales, Grupo y subgrupo de titulación A2
    Por concurso:
    4 plazas de Trabajador Social del Centro de Servicios Sociales. Grupo y subgrupo de titulación A2.
    3 plazas de Auxiliar Administrativo. Grupo y subgrupo de titulación C2.
    2 plazas de Educador. Grupo y subgrupo de titulación A2.
    1 plaza de Trabajadora Social del Punto Municipal del Observatorio Regional de Violencia de Género. Grupo y subgrupo de titulación A2.
    1 plaza de Psicólogo del Punto Municipal del Observatorio Regional de Violencia de Género. Categoría A1.
    1 plaza de Abogada del Punto Municipal del Observatorio Regional de Violencia de Género. Grupo y subgrupo de titulación A1.
    1 plaza de Mediador Social Intercultural. Grupo y subgrupo de titulación C1.

     

    Bases