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Que es la conciliación – C

La conciliación de la vida personal, laboral y familiar pretende hacer compatible todos estos ámbitos de la vida.

Se entiende por conciliación de la vida familiar y laboral la introducción de una serie de medidas como un sistema de permisos por razones familiares, de atención a la infancia y a personas de edad avanzada y dependientes, y la creación de una estructura y organización del entorno laboral que facilite a los hombres y mujeres la combinación del trabajo y las responsabilidades familiares y del hogar.

Es necesario un reparto equitativo de la responsabilidad del hogar y el cuidado de los/as hijos/as y personas dependientes con el fin de distribuir justamente los tiempos de vida de hombres y mujeres. Se trata de la implicación de todos los miembros de la familia, que deben asumir las tareas domésticas y familiares como responsabilidad del grupo. Es una cuestión de hombres, mujeres, empresas e instituciones.

La necesidad regular la conciliación de trabajo y familia surge en la Unión Europea y está presente en las legislaciones de todos los Estados.

En España se aprobó la Ley de Conciliación de la vida laboral y familiar 39/1999 de 5 de noviembre que introduce cambios legislativos y modificaciones en otras leyes para que las personas trabajadoras, hombres y mujeres, puedan participar de la vida familiar.

Entre las medidas que facilitan la conciliación de la vida familiar y laboral podemos citar: las relativas a la organización del tiempo de trabajo, a permisos por responsabilidades familiares, que permitan crear y ampliar servicios para el cuidado de población infantil de 0 a 3 años, medidas en el ámbito educativo que faciliten el cumplimiento de los horarios laborales por los responsables familiares, servicios que apoyen el cuidado de las personas mayores y dependientes, etc.

 

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    PLAN CORRESPONSABLES

     

    SERVICIO DE CUIDADOS PROFESIONALES A MENORES DE 14 AÑOS

    Se está prestando en la Mancomunidad un servicio de atención y cuidado de menores de 14 años. El servicio puede prestarse en el domicilio de los menores, en medio abierto o en dependencias públicas del municipio, tiene como finalidad prestar apoyo a las familias, proporcionar respiro familiar y facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

    Los servicios de cuidado pueden incluir la realización de actividades socio-educativas con el fin de mejorar el desarrollo del menor.

    La Mancomunidad aprobó un reglamento que regula la prestación del servicio (BOCM nº 215, de 9 de septiembre de 2022), reglamento que puede consultarse en esta web.

    El servicio se ha puesto en marcha en el mes de octubre de 2022 y está siendo prestado por la empresa SUMA SOCIAL y SERVICIOS S.L.

    La atención a los menores está desempeñada por los siguientes perfiles profesionales: técnicos de educación infantil, y  técnicos de integración social, su trabajo estará planificado y supervisado por los profesionales del centro de Servicios Sociales.

    El servicio estaría dirigido a familias con expediente en el Centro de Servicios Sociales, preferentemente a:

    – Familias de acogida (especialmente familias con abuelos acogedores).

    – Mujeres con menores a cargo con expediente abierto en el Punto Municipal del Observatorio Regional de Violencia de Género.

    –  Familias con dificultades para la crianza y/o educación de los menores, que pudieran requerir de una intervención socioeducativa para promover que los menores adquieran hábitos y rutinas saludables y/o mejoren sus posibilidades de integración social.

    – Familias que por sus características puedan encontrarse desbordadas por las responsabilidades prolongadas en el cuidado de los menores que tienen a su cargo (especialmente si existen menores con discapacidad o problemas de conducta), y necesiten en momentos puntuales descansar y tener un respiro para dedicarse a tareas distintas al cuidado y atención a los menores a su cargo.

     

    Este servicio está financiado en el marco del Plan Correponsables (una iniciativa del Ministerio de Igualdad en materia de conciliación) a través de la suscripción de un convenio firmado con la Comunidad de Madrid.

     

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