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EL ESCORIAL
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NAVALAGAMELLA
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ROBLEDO DE CHAVELA
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Valdemorillo
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Quienes Somos

LA MANCOMUNIDAD

La Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Oeste es una entidad local integrada por diez municipios de la Comunidad de Madrid:

La Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Oeste, con esta nueva página web, da un importante paso en la modernización de sus estructuras de Atención Social y en su nombre, les doy la Bienvenida a nuestra Web.

Los vecinos y vecinas de los diez municipios que integran la mancomunidad, a través de esta página, pueden encontrar de manera directa y ágil toda la información necesaria para conocer quienes somos y qué hacemos en los Servicios Sociales Municipales.

Desde su fundación en 1992, los representantes municipales y el equipo de profesionales de la mancomunidad trabajamos para responder a las necesidades sociales de la población con todos los medios a nuestro alcance, y en estos momentos, sabemos que esta página Web es un procedimiento accesible y sobre todo lleno de dinamismo para aportar a los usuarios información acerca de:ç

  • Convocatorias y noticias de interés.
  • Lugares y horarios de atención de los servicios Sociales.
  • Características y requisitos de las prestaciones sociales existentes.
  • Acceso y funcionalidad de los servicios y programas de atención social.

Hay otros aspectos interesantes de la web:

  • Posibilidad de descarga de impresos y documentos para la tramitación de servicios y prestaciones propias y de la Comunidad de Madrid.
  • Enlaces con las páginas web de los municipios mancomunados y con la Comunidad de Madrid.
  • Enlaces con las páginas web de diferentes entidades de interés social con sede en alguno de los municipios de la Mancomunidad.
  • Posibilidad de contactar por correo electrónico con su Trabajador Social.

La Mancomunidad Sierra Oeste se constituyó en el año 1992 y desde esa fecha gestiona los Servicios Sociales municipales.

Sus órganos de gobierno son:

La Junta de la mancomunidad, formada por vocales nombrados por los respectivos plenos de los ayuntamientos en representación de cada municipio. Cada ayuntamiento puede nombrar un vocal por cada 5.000 habitantes empadronados o fracción.

El Presidente de la Mancomunidad, elegido por los vocales de la Junta.
Como el resto de entidades locales el funcionamiento de la mancomunidad se rige por la legislación vigente en materia de régimen local y por sus propios estatutos (Ver estatutos).

La Sede de la Mancomunidad y Centro de Servicios Sociales se encuentra en el municipio de San Lorenzo de El Escorial, en el resto de municipios sus ayuntamientos ponen a disposición de la mancomunidad espacios y equipamientos para prestar los servicios de Atención Social. (Ver direcciones de los Servicios Sociales)

EL CENTRO DE SERVICIOS SOCIALES DE LA MANCOMUNIDAD SIERRA OESTE

La finalidad de la Mancomunidad es la gestión de los Servicios Sociales municipales, son los municipios los que deben prestar la atención social primaria, en base a las competencias que la ley de Servicios Sociales de la C.M. 11/2003 de 17 de Marzo atribuye a los municipios.

Los Servicios Sociales de Atención Primaria son la puerta de acceso de los ciudadanos al Sistema Público de Servicios Sociales y ahora también al Sistema de Atención a la Dependencia.

Funciones de los Servicios Sociales de Atención Primaria:

  • Detección y análisis de necesidades y demandas en su ámbito de intervención; diagnóstico y valoración técnica de situaciones, necesidades o problemas individuales y colectivos; identificación y captación de poblaciones en riesgo para el desarrollo de campañas y acciones de carácter preventivo y atención profesional personalizada.
  • Prestaciones del sistema público de Servicios Sociales:

    – Prestaciones de carácter técnico; consistente en Informar sobre recursos sociales y el acceso a los mismos; valoración individualizada de cada situación, y asesoramiento, apoyo y acompañamiento social a personas o grupos para superar situaciones problemáticas.

    Prestaciones económicas: entregas dinerarias de carácter periódico o pago único, para facilitar la integración social de las personas, paliar situaciones transitorias de necesidad o garantizar mínimos de subsistencia. Como pueden ser: ayudas de emergencia social, Renta Mínima de Inserción de la Comunidad de Madrid, ayudas económicas a particulares para el fomento del acogimiento familiar de menores, mayores y personas con discapacidad, ayudas para mejorar la habitabilidad en las viviendas de mayores, gestión de las pensiones no contributivas por invalidez o jubilación de la Seguridad Social, etc.

    Prestaciones materiales: aquéllas cuyo contenido económico o técnico es sustituido, en todo o en parte por su equivalente material. Tendrán esa consideración las siguientes: atención residencial, atención diurna, atención domiciliaria, y teleasistencia.

La Mancomunidad Sierra Oeste desarrolla distintos programas para atender las demandas de las personas, las familias y colectivos, estos son:

Programa de Trabajo Social
Programa de Familia e Infancia.
Programa de Inmigración.
Programa de Mayores
Programa de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia de Género.

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    AYUDAS ECONÓMICAS PARA APOYAR EL ACOGIMIENTO FAMILIAR DE MENORES PARA EL AÑO 2020.

    Publicada la convocatoria de ayudas económicas para apoyar el acogimiento familiar de menores para el año 2020, en el Boletín oficial de la Comunidad de Madrid Nº 170, de 15 de julio.

    Las modalidades de estas ayudas son:

    Ayuda para apoyar el acogimiento familiar de menores en familia extensa (destinada a personas acogedoras de menores con los que están unidos por vínculos de parentesco, tanto en línea directa como colateral, ascendente o descendente, hasta el cuarto grado) y en familia seleccionada sin parentesco legal con el menor acogido, distinguiendo los siguientes supuestos:

    a) General o sin especial dificultad.
    b) Especial dificultad por menor acogido con discapacidad igual o superior al 33% y/o

    dependencia y/o necesidad de atención temprana.

    c) Especial dificultad por menor acogido que, sin estar en el supuesto anterior, requiere una especial dedicación continuada por motivos de carácter grave de salud física o

    El plazo para enviar las solicitudes es del 16 de julio al 12 de agosto de 2020, ambos inclusive

    Ayuda para las familias del programa de acogimiento familiar de urgencia, distinguiendo los siguientes supuestos:
    a) Acogimiento de urgencia general o sin especial dificultad.

    b) Acogimiento de urgencia de especial dificultad cuando se precise una mayor dedicación del acogedor o un esfuerzo adicional del conjunto de la familia acogedora debido a las especiales necesidades que presente el menor acogido a causa de enfermedad crónica, discapacidad, alteraciones psicológicas, psicopedagógicas o conductuales.

     

    Las ayudas relativas a los acogimientos de urgencia para 2020 se podrán solicitar, hasta dos veces, El plazo para enviar las solicitudes es del 16 de julio al 31 de octubre de 2020, ambos inclusive

    Más información en: https://www.comunidad.madrid/servicios/asuntos-sociales/ayudas-economicas-familias-acogedoras-2020

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