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SANTA MARÍA DE LA ALAMEDA
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REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CUIDADOS PROFESIONALES A MENORES DE 14 AÑOS (PLAN CORRESPONSABLES)

PREAMBULO

La aprobación del presente Reglamento para la prestación del servicio de cuidados profesionales a menores de 14 años en el marco del programa de apoyo y respiro familia regula la prestación del servicio de cuidados profesionales a menores de 14 años, dirigido a familias vulnerables, en el ámbito de la Mancomunidad de Servicios Sociales “Sierra Oeste”.

El reglamento se compone de 11 artículos en los que se regulan los fines perseguidos, los posibles beneficiarios, el alcance, duración y lugar de prestación del servicio, el procedimiento de concesión y la extinción de la prestación, y de dos anexos, y se dicta en el ejercicio de la potestad reglamentaria que corresponde a la Mancomunidad y de las competencias que tiene atribuidas en materia de servicios sociales.

El presente Reglamento cumple con los principios de necesidad y eficacia, toda vez que el fin de la norma es regular la prestación del servicio de cuidados profesionales a menores de 14 años, en el marco del programa de apoyo y respiro familiar, carente de regulación hasta la fecha. El respeto a los principios de proporcionalidad y seguridad jurídica es consecuencia de lo anterior. El principio de transparencia se respeta en la tramitación del procedimiento a través de la publicidad preceptiva de los acuerdos que se adopten mediante su publicación en los diarios oficiales, tablón de anuncios y web de la Mancomunidad, y el sometimiento del procedimiento a información pública. Finalmente, por lo que respecta al principio de eficiencia, no se imponen cargas administrativas innecesarias a los ciudadanos.

Artículo 1.- Finalidad. El programa de apoyo y respiro familiar es un servicio de cuidados profesionales de menores de 14 años, que tiene como objetivos:

  1. Promover la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las familias en situación de dificultad.
  2. Permitir que las familias puedan descansar de sus funciones parentales y dispongan de tiempo para su promoción y desarrollo personal.
  3. Proporcionar a los menores el cuidado necesario, así como las actividades y estímulos que mejoren su desarrollo, su integración y/o palíen sus conflictos y/o dificultades.

El servicio es público y gratuito para las familias beneficiarias.

Artículo 2.- Beneficiarios. Pueden ser beneficiarias de este servicio las familias que estén empadronadas en algunos de los municipios integrantes de la Mancomunidad, que tengan expediente abierto en el Centro de Servicios Sociales o en el Punto Municipal del Observatorio Regional para la Violencia de Género (PMORVG) y se encuentren en alguna de las circunstancias siguientes:

  1. Familias con menores en acogimiento familiar.
  2. Mujeres con menores a cargo con expediente abierto en el Punto Municipal del Observatorio Regional de Violencia de Género.
  3. Familias con dificultades para la crianza y/o educación de los menores, que pudieran requerir de una intervención socioeducativa para promover que los menores adquieran hábitos y rutinas saludables y/o mejoren sus posibilidades de integración social.

d) Familias que por sus características puedan encontrarse desbordadas por las responsabilidades prolongadas en el cuidado de los menores que tienen a su cargo (especialmente si existen menores con discapacidad o problemas de conducta), y necesiten en momentos puntuales descansar y tener un respiro para dedicarse a tareas distintas al cuidado y atención a los menores a su cargo.

Artículo 3.- Cuidadores. Los cuidados profesionales a los menores serán proporcionados por personas tituladas como técnico superior en educación infantil, técnico superior en integración social, o monitores de ocio y tiempo libre.

Artículo 4.- Lugar de prestación del servicio. El servicio de cuidados podrá proporcionarse en el domicilio del usuario, en medio abierto o en instalaciones cedidas para este fin por los ayuntamientos.

Artículo 5.- Tareas. Los cuidadores profesionales podrán desarrollar tareas de guarda o acompañamiento y/o de apoyo socioeducativo, en este supuesto el programa de atención socioeducativa estará diseñado y supervisado por los profesionales del Centro de Servicios Sociales

Artículo 6.- Autorización. Las familias destinatarias del servicio deberán firmar su consentimiento en el documento elaborado al efecto (anexo 1).

Artículo 7.- Dimensión y duración del servicio. El servicio podrá prestarse con una intensidad comprendida entre 2 y 8 horas semanales, con una duración de máxima de dos meses. Finalizado el servicio y transcurrido un periodo de, al menos, 15 días, el servicio podrá volver a solicitarse si persisten las necesidades que dieron lugar a su prestación.

Artículo 8.- Procedimiento. La solicitud de prestación del servicio será realizada por los profesionales del Centro de Servicios Sociales: el trabajador social de referencia, los educadores y psicólogos del Programa de Familia e Infancia, o las profesionales adscritas al PMORVG. Deberán cumplimentar y firmar una solicitud (anexo2), en la que se acreditará la pertenencia de la unidad familiar a alguno de los perfiles descritos, se deberá motivar la necesidad del servicio y los objetivos del mismo, se realizará una propuesta de número de horas semanales de servicio y la duración del mismo, se especificarán las tareas a desarrollar durante el servicio, el profesional adecuado para la prestación de los cuidados y el lugar de prestación del servicio. La propuesta deberá ser visada por el director o la coordinadora del Centro, y podrá ser modificada, en su caso, en función de las horas disponibles o de la consideración de la idoneidad del servicio y de su dimensión. En caso de existir disponibilidad de horas se trasladará la propuesta a la Presidencia, que dictará, en su caso, resolución de concesión. En caso de no existir disponibilidad de horas la solicitud quedará en lista de espera hasta que exista esa disponibilidad.

Artículo 9.- Actuaciones grupales. Podrán establecerse atenciones o guardas grupales en formato de taller que se desarrollarán en instalaciones municipales cedidas por los ayuntamientos al efecto, con la participación de un número máximo de 6 menores.

Artículo 10.- Situaciones sobrevenidas. Existirá una bolsa de horas semanal de horas para situaciones puntuales y sobrevenidas en las que sea necesario implementar un servicio de guarda. El procedimiento para su concesión será el mismo que el recogido en el artículo anterior.

Artículo 11.- Extinción de la prestación del Servicio. La prestación del servicio se extinguirá cuando finalice el periodo para el que fue concedido. Podrá extinguirse, así mismo, si cambian las circunstancias familiares en las que fue concedido o si los progenitores o tutores legales muestran de forma reiterada falta de colaboración para una adecuada prestación del servicio.

Disposición final.- El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su completa publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, una vez aprobado definitivamente y transcurrido el plazo a que se refiere el artículo 65.2 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local.

ANEXO 1

AUTORIZACIÓN SERVICIO DE CUIDADOS PROFESIONALES PARA MENORES

D/Dª…………………………………………………………………………………………………………………

Con DNI/NIE……………………………………………………………………………………………………….

Con domicilio en: ………………………………………………………………………………………………  

Como padre/madre/tutor legal de los/as    menores, AUTORIZA

A que la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Oeste preste un servicio de cuidados profesionales a los menores señalados.

El servicio se prestará durante ……………………………….  horas semanales, en el siguiente

horario y calendario semanal: ……………………………………………………………………  

El Servicio se prestará en………………………………………………………………………………

Comenzará el día ………………………………..  y finalizará el día………………………………….

MANIFIESTA

Que ha sido informado/a por los profesionales de la Mancomunidad, de forma clara comprensible y satisfactoria de las características y los objetivos del servicio de atención de guarda y/o apoyo socioeducativo que se prestará.

SE COMPROMETE

A facilitar la prestación del servicio, a colaborar con los profesionales que realizan la intervención y a informar a la Mancomunidad de todas aquellas circunstancias que puedan afectar a la adecuada prestación del servicio de cuidados profesionales a los menores.

En ……………………………………………………. , a……… de………………………….. de 2022.

Firmado.: …………………………………………..  

ANEXO 2

SOLICITUD DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CUIDADOS PROFESIONALES A MENORES

D./Dª……………………………………………. Puesto de trabajo …..:………………….….

Declara que, como resultado de la intervención social que este Centro desarrolla con su familia, con número de expediente en el Centro de Servicios Sociales: …………, o en su caso, en el PMORVG      : ………..,

Los menores:

NombreFecha de nacimientoObservaciones
     
     
     

Cumplen los requisitos para su participación en el programa de Apoyo y Respiro Familiar.

La familia de los menores señalados pertenece a uno de los siguientes perfiles (señalar el que proceda):

☐ Familias con menores en acogimiento familiar.

☐ Mujeres con menores a cargo con expediente abierto en el Punto Municipal del Observatorio Regional de Violencia de Género.

☐ Familias con dificultades para la crianza y/o educación de los menores, que pudieran requerir de una intervención socioeducativa para promover que los menores adquieran hábitos y rutinas saludables y/o mejoren  sus posibilidades de integración social.

☐ Familias que por sus características puedan encontrarse desbordadas por las responsabilidades prolongadas en el cuidado de los menores que tienen a su cargo (especialmente si existen menores con discapacidad o problemas de conducta), y necesiten en momentos puntuales descansar y tener un respiro para dedicarse a tareas distintas al cuidado y atención a los menores a su cargo.

La necesidad del servicio viene motivada por: ……………………………………………….

Los objetivos del mismo y las tareas a realizar son los siguientes:…………………………

El profesional que mejor se adaptaría a las tareas señaladas conforme a la edad de los menores sería:

Se propone que el servicio se preste durante …. horas semanales, en el siguiente horario y calendario semanal:

En (lugar): ………, y comience el día ….. y finalice el día ……..

Fdo.: El profesional “

< 2022 >
Diciembre
LuMaMiJuViSaDo
   1234
567891011
121314
  • 17:30 -19:30
    14/12/2022-19/01/2023

    CURSO de la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Oeste

    La seguridad digital para el desarrollo de la ciudadanía en la infancia y la adolescencia
    PONENTES
    Myriam Fernández-Nevado
    Profesora de la Universidad Complutense de Madrid y de la Universidad Europea Miguel de Cervantes (UEMC) de Valladolid. Abogada, politóloga y socióloga. Mediadora y perito psicosocial. Formadora de la Sociedad Española de Pediatría Social (SEPS). Asesora externa de la Comisión Europea – Red Eurochid, Gobierno de España y diferentes entidades públicas y de Comunidades Autónomas.
    Kepa Paul Larrañaga
    Investigador para el Centro de Internet Segura del Instituto Nacional de Ciberseguridad (INCIBE). Miembro del consejo editorial de la Revista Complutense “Sociedad e infancias” y del consejo asesor de la “Cátedra de los Derechos del Niño” (ICADE-Universidad Pontificia Comillas). Vicepresidente del Observatorio de Contenidos Televisivos y Audiovisuales (OCTA), además de miembro del Comité de Expertos de Atresmedia para la Alfabetización Mediática e Informacional (AMI).
    La reciente aprobación en España de la ESTRATEGIA DE ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA SOBRE LA INFANCIA Y ADOLESCENCIA nos moviliza a todas las personas para frenar la violencia que diariamente nos afecta en las redes sociales de Internet, y especialmente a los niños y las niñas como usuarios activos que son del entorno digital.
    Con el fin de ERRADICAR LA VIOLENCIA DIGITAL, y LOGRAR ENTORNOS PROTECTORES y de BUEN TRATO en las redes sociales para los niños y las niñas, se convoca a todos los padres y madres, los abuelos y abuelas, de los municipios de la Mancomunidad Sierra Oeste (Colmenarejo, El Escorial, Fresnedillas de La Oliva, Navalagamella, Robledo de Chavela, San Lorenzo de El Escorial, Santa María de la Alameda, Valdemaqueda, Valdemorillo, y Zarzalejo) a un Curso de la Mancomunidad que tiene como OBJETIVO dar las CLAVES JURÍDICAS Y SOCIALES para facilitar e impedir que los niños y niñas residentes en los municipios de la Sierra Oeste sufran de situaciones de violencia en Internet, y puedan disfrutar de una ciudadanía digital plena.
    El Curso, que cuenta con 6 SESIONES de 2 HORAS de duración cada una, se realizará entre los meses de diciembre y enero a través de la plataforma MEET en horario de 17.30 a 19.30 horas.
    Los asistentes al Curso pueden indicar en el formulario de inscripción a qué sesiones les interesaría asistir.
    CONTENIDOS
    1ª SESIÓN: La seguridad digital en la infancia y la adolescencia desde la perspectiva jurídica (El desarrollo de la normativa digital española: aspectos prácticos, La regulación de los contenidos audiovisuales en el entorno digital, Análisis de las tipologías de delitos digitales que afectan a niños-as)
    2ª SESIÓN: Riesgos en el ecosistema digital para niños y niñas (Qué es el ecosistema digital, Clasificación de tipos de riesgos en el ecosistema digital, Glosario de términos sobre el entorno digital: puesta en común)
    3ª SESIÓN: La seguridad digital en la infancia y la adolescencia desde la práctica (Estudios de casos desde una perspectiva jurídica, Estándares prácticos de seguridad digital en el ámbito familiar, Puesta en común)
    4ª SESIÓN: Uso y exposición en el ecosistema digital para los niños y las niñas (Estudio de caso: Las noticias falsas en Internet, Propuestas para motivar la acción social en la infancia y la adolescencia, El ocio y la cultura digital en la infancia y adolescencia)
    5ª SESIÓN: La alfabetización digital y el pensamiento crítico en la infancia y adolescencia (La alfabetización digital y ética de la ciudadanía, El pensamiento crítico en la infancia y adolescencia, El buen trato en el entorno digital)
    6ª SESIÓN: Limitaciones para la ciudadanía digital en la infancia y adolescencia (Limitaciones de la ciudadanía digital efectiva de los niños-as: el caso de la escuela, Reflexión conjunta mediante el análisis de informaciones en medios de prensa, Puesta en común)
    FECHAS: 14 y 15 de diciembre, 11 y 12 de enero, 18 y 19 de enero.
    HORARIO: de 17.30 a 19.30 horas.
    LUGAR: Plataforma digital MEET (se remitirá el enlace de acceso a los inscritos/as).

    FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN:

    https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSdSPjgWWOihj_LG0xASQLMHyzNWDTvt34r–oyLlalrlHPGKQ/viewform

    CARTEL – Curso – La seguridad digital para la ciudadanía en la infancia y adolescencia

    FLYER – Curso – La seguridad digital para la ciudadanía en la infancia y adolescencia

1516
  • Todo el día
    16/12/2022

    JORNADA “EXPERIENCIAS DE PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA ENTRE IGUALES”

    16 de Diciembre: Sala de Audiovisuales del Instituto Gregorio Peces Barba de Colmenarejo.

    PROGRAMA:

    8,50-9:00: Recepción de los asistentes. Presentación de la Jornada.

    9:00-10:15: “Infancia segura. Prevención y respuesta a la violencia entre iguales”. Virginia San Juan Rodrigo y Alvaro Matés Pro. Educadores Sociales de Aldeas Infantiles S.O.S.

    10:15-10:35: Debate.

    10:45-12:00: “Prevención de la violencia entre iguales: ¿Qué sucede con las bandas juveniles?”. María Oliver Torres. Profesora de Secundaria, Investigadora y Experta en grupos juveniles de calle.

    12:00-12.25: Descanso.

    12:30-12:50: Debate.

    12:50- 14:05: “Prevención de la violencia desde el origen”. Chavi Nieto. Divulgador de Comunicación No violenta.

    14:05-14:25: Debate.

    14:25-14:30: Clausura de la Jornada.

    • Organiza: Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Oeste. Programa de Familia e Infancia.
    • Colabora: Instituto Gregorio Peces Barba. Departamento de Orientación.
    • Promueve: Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

    Díptico e Inscripción

1718
192021
  • 21:31 -21:32
    21/12/2022

    APROBACIÓN DE LAS BASES DE LOS PROCESOS SELECTIVOS QUE CONVOCA LA MANCOMUNIDAD PARA LA ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN
    Con fecha 21 de diciembre de 2022, la Presidenta de la Mancomunidad ha aprobado, conforme a lo dispuesto en la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de medidas para la reducción de la temporalidad en las administraciones públicas, la Convocatoria y Bases que regirán los procesos selectivos para la estabilización de empleo temporal de larga duración.
    Se convocan las siguientes plazas
    Por concurso-oposición:
    1 plaza de Trabajador Social del Centro de Servicios Sociales, Grupo y subgrupo de titulación A2
    Por concurso:
    4 plazas de Trabajador Social del Centro de Servicios Sociales. Grupo y subgrupo de titulación A2.
    3 plazas de Auxiliar Administrativo. Grupo y subgrupo de titulación C2.
    2 plazas de Educador. Grupo y subgrupo de titulación A2.
    1 plaza de Trabajadora Social del Punto Municipal del Observatorio Regional de Violencia de Género. Grupo y subgrupo de titulación A2.
    1 plaza de Psicólogo del Punto Municipal del Observatorio Regional de Violencia de Género. Categoría A1.
    1 plaza de Abogada del Punto Municipal del Observatorio Regional de Violencia de Género. Grupo y subgrupo de titulación A1.
    1 plaza de Mediador Social Intercultural. Grupo y subgrupo de titulación C1.

     

    Bases

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