Colmenarejo
El Escorial
EL ESCORIAL
Fresnedillas
FRESNEDILLAS DE LA OLIVA
Navalagamella
NAVALAGAMELLA
Robledo
ROBLEDO DE CHAVELA
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SAN LORENZO DE EL ESCORIAL
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SANTA MARÍA DE LA ALAMEDA
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VALDEMAQUEDA
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ZARZALEJO
Valdemorillo
Valdemorillo
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Dependencia y Discapacidad

La Dependencia se define como el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal
 
La situación de dependencia se clasifica en los siguientes grados:
 
GRADO III

Gran Dependencia: La persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal

GRADO II

Dependencia Severa: La persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no quiere el apoyo permanente de un cuidador o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal

GRADO I
Dependencia Moderada: La persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal

PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD Y VALORACIÓN DE LA SITUACIÓN DE DEPENDENCIA

< 2022 >
Marzo
LuMaMiJuViSaDo
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78
  • 13:04 -13:05
    08/03/2022-08/05/2022

    BASES REGULADORAS DE LAS PRESTACIONES ECONÓMICAS (AYUDAS A PERSONAS Y FAMILIAS) PARA PALIAR EL IMPACTO SOCIAL DEL COVID19

    Financiado al 100% en el marco de los recursos REACT-UE del programa operativo FSE de la Comunidad de Madrid 2014-2020

     

    La Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Oeste ha aprobado las Bases Reguladoras de las ayudas económicas dirigidas a personas y familias para paliar el impacto de la pandemia COVID-19.

    Dichas ayudas están financiadas al 100% en el marco de los recursos REACT-UE del programa operativo FSE de la Comunidad de Madrid 2014-2020, como parte de la respuesta de la Unión Europea a la pandemia.

    La Convocatoria para abrir el plazo de solicitudes de las ayudas para el 2022 se realizará en las próximas semanas. Se hará pública en el tablón de anuncios de la Mancomunidad, en esta web y en las de los ayuntamientos de los municipios integrantes de la Mancomunidad.

     

    El FSE invierte en tu futuro

     

    BASES REGULADORAS FONDOS REACT UE

910
  • 09:12
    10/03/2022-10/02/2023

    MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DEL SERVICIO DE TELEASISTENCIA DE LA MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS SOCIALES SIERRA OESTE

    -CONSULTA PÚBLICA PREVIA-

    La Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Oeste tiene previsto realizar una modificación en la ordenanza reguladora del servicio de Teleasistencia a usuarios no dependientes,

    En la actualidad (marzo de 2022) están instalados los siguientes terminales de teleasistencia:

    MUNICIPIONº de terminales
    COLMENAREJO12
    EL ESCORIAL98
    FRESNEDILLAS DE LA OLIVA5
    NAVALAGAMELLA10
    ROBLEDO DE CHAVELA25
    SAN LORENZO DE EL ESCORIAL95
    SANTA MARÍA DE LA ALAMEDA3
    VALDEMAQUEDA6
    VALDEMORILLO58
    ZARZALEJO15
    TOTAL326

    El actual contrato para la gestión de la teleasistencia, firmado con Cruz Roja Española, contempla la instalación de los siguientes dispositivos periféricos:

    1. Dispositivos de telelocalización permanente dentro y fuera del domicilio para enfermos con alteraciones cognitivas u otras situaciones en las que su funcionalidad pueda ser conveniente. Hasta 25 dispositivos.
    2. Sensores de apertura de puertas, de presencia, o similares para usuarios especialmente vulnerables. Hasta 25 domicilios.
    3. Sensores de gas, humo, o similares para usuarios especialmente vulnerables. Hasta 25 domicilios.
    4. Dispositivos para la telemonitorización (medición y transferencia de parámetros fisiológicos).hasta 25 dispositivos.
    5. Dispositivos adaptados para el uso del servicio por personas con graves dificultades para la comunicación verbal o auditiva. Hasta 20 dispositivos

    La actual ordenanza vigente reguladora del servicio (que puede consultarse en la web de la mancomunidad) no contempla la instalación de estos dispositivos complementarios al terminal de teleasistencia por lo es necesaria la  modificación de la ordenanza para establecer el procedimiento y el baremo que determine el orden de prelación de los dispositivos periféricos  que pueden ser cedidos e instalados en los domicilios de los usuarios que reciben del servicio de Teleasistencia domiciliaria  de la Mancomunidad.

    Cualquier opinión y/o aportación de las personas y familias que pueden verse afectadas por esta modificación de la ordenanza vigente puede remitirse a la mancomunidad a través de la siguiente dirección de correo electrónico: buzon@mancomunidadsierraoeste.org

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