Con fecha 16 de julio de 2024 ha sido publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, anuncio por el que se somete a información pública el expediente de aprobación de la nueva ordenanza reguladora del servicio de ayuda a domicilio de la Mancomunidad, aprobada inicialmente en sesión de la Junta de la Mancomunidad celebrada el día 1 de julio de 2024.
El plazo para la presentación de alegaciones o reclamaciones es de 30 días contados a partir del día siguiente a la publicación del anuncio, por lo que finaliza el día 29 de agosto de 2024.
Enlace al texto de la Ordenanza
AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA AUTONOMÍA PERSONAL
AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA AUTONOMÍA PERSONAL Y LA PROMOCIÓN DE LA ACCESIBILIDAD A PERSONAS CON DISCAPACIDAD
TIPOS DE AYUDAS
* Movilidad: Adaptación de vehículos, Desplazamientos en taxi.
*Adquisición de productos de apoyo que suplan los efectos de la discapacidad, favoreciendo
su autonomía personal, no contempladas por el sistema sanitario u otros organismos públicos
PLAZO: Del 10 de abril hasta el 6 de mayo de 2019,
LUGAR: Servicios Sociales Municipales.
REQUISITOS:
*Ser español u ostentar la condición de ciudadano de un estado miembro de la unión europea. En caso de ser extranjero, se estará a lo dispuesto en el artículo 10.2 de la Ley 11/2003, de 27 de marzo de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid.
* Estar empadronado en cualquiera de los municipios de la Comunidad de Madrid, con al menos un año continuado e inmediatamente anterior a la fecha de finalización del plazo de solicitud de la ayuda.
*Tener reconocido un grado de discapacidad de, al menos, un 33 por ciento.
*Existir una relación directa entre la ayuda solicitada y la discapacidad reconocida oficialmente.
* No tener más de sesenta y cinco años el 31 de diciembre del año para el que se concede la ayuda.
*Acreditar situación de dificultad o vulnerabilidad social. Anexo 1 de la solicitud
*Tener la unidad familiar de la que forma parte el solicitante ingresos que no superen las cuantías que se establecen en la convocatoria.