Que es la conciliación – C

La conciliación de la vida personal, laboral y familiar pretende hacer compatible todos estos ámbitos de la vida.

Se entiende por conciliación de la vida familiar y laboral la introducción de una serie de medidas como un sistema de permisos por razones familiares, de atención a la infancia y a personas de edad avanzada y dependientes, y la creación de una estructura y organización del entorno laboral que facilite a los hombres y mujeres la combinación del trabajo y las responsabilidades familiares y del hogar.

Es necesario un reparto equitativo de la responsabilidad del hogar y el cuidado de los/as hijos/as y personas dependientes con el fin de distribuir justamente los tiempos de vida de hombres y mujeres. Se trata de la implicación de todos los miembros de la familia, que deben asumir las tareas domésticas y familiares como responsabilidad del grupo. Es una cuestión de hombres, mujeres, empresas e instituciones.

La necesidad regular la conciliación de trabajo y familia surge en la Unión Europea y está presente en las legislaciones de todos los Estados.

En España se aprobó la Ley de Conciliación de la vida laboral y familiar 39/1999 de 5 de noviembre que introduce cambios legislativos y modificaciones en otras leyes para que las personas trabajadoras, hombres y mujeres, puedan participar de la vida familiar.

Entre las medidas que facilitan la conciliación de la vida familiar y laboral podemos citar: las relativas a la organización del tiempo de trabajo, a permisos por responsabilidades familiares, que permitan crear y ampliar servicios para el cuidado de población infantil de 0 a 3 años, medidas en el ámbito educativo que faciliten el cumplimiento de los horarios laborales por los responsables familiares, servicios que apoyen el cuidado de las personas mayores y dependientes, etc.

 

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junio 17 - junio 23
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    FECHA EXAMEN PLAZA DE TRABAJADOR SOCIAL POR PROCEDIMIENTO DE CONSURSO OPOSICIÓN

    16:37 -16:38
    20/06/2024-20/01/2025

    Con fecha 28 de mayo de 2024 se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid resolución de la presidencia de la Mancomunidad por las que se publicaba la composición del tribunal del proceso selectivo para la provisión de una plaza de Trabajador Social, por procedimiento de concurso oposición, en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal de larga duración de la Mancomunidad. Y en relación a dicho proceso se hacía público lo siguiente:
    Que el primer examen correspondiente a la fase de oposición se celebrará el día 24 de junio, a las 9:30, en el Salón de Actos de la Mancomunidad, calle Juan de Toledo 27, 1ª planta, de San Lorenzo de El Escorial.
    Y que debido a la derogación de la Ley 11/2003, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, y la Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid, que han sido sustituidas por nuevas leyes promulgadas por la Comunidad de Madrid, los temas 1 y 5 de la parte específica del temario para la fase de Oposición de las pruebas selectivas, quedan redactados del siguiente modo:
    1.- Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid: estructura de la Ley, Título preliminar, Título I, Título II y Título III.
    5.-La atención a la infancia y la adolescencia en la Comunidad de Madrid. Ley 4/2023, de 22 de marzo, de Derechos, Garantías y Protección integral a la infancia y la adolescencia de la Comunidad de Madrid

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