Que son las familias numerosas – FI

SE CONSIDERAN FAMILIAS NUMEROSAS:

1- Las integradas por uno o dos ascendientes con tres o más hijos, sean o no comunes, o dos hijos si uno es discapacitado con una discapacidad igual o superior al 33%.
2- Dos ascendientes, cuando ambos fueran discapacitados, o al menos uno de ellos tuviera un grado de discapacidad igual o superior al 65%, con dos hijos sean o no comunes.
3- El padre o la madre separados o divorciados con tres o más hijos, sean o no comunes, aunque estén en distintas unidades familiares, siempre que se encuentren bajo su dependencia económica.
4- Dos o más hermanos huérfanos en los supuestos recogidos en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas.
5- El padre o la madre con dos hijos cuando haya fallecido el otro progenitor.
Nota: Los hijos deberán ser solteros y menores de 21 años de edad, o ser discapacitados o estar incapacitados para trabajar, cualquiera que fuese su edad. Tal límite de edad se ampliará hasta los 25 años de edad, cuando acrediten (mediante matrícula o pago) que cursan algún tipo de estudio. También deberán convivir con el/los ascendiente/s y depender económicamente de ellos.
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    20/08/2024-20/10/2024

    COFINANCIADO POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS  SI EN TU UNIDAD FAMILIAR HAY ALGÚN MENOR Y LOS INGRESOS DE LOS QUE DISPONÉIS SON INFERIORES AL UMBRAL FIJADO POR LA ADMINISTRACIÓN, PUEDES TENER DERECHO A ESTA PRESTACIÓN, CONSISTENTE EN UNA TARJETA MONEDERO QUE PERMITE LA ADQUISICIÓN DE ALIMENTOS Y BIENES DE CARÁCTER BÁSICO EN DETERMINADOS SUPERMERCADOS. PIDE CITA Y PREGUNTA A TU TRABAJADOR/A SOCIAL
    Teléfono de citas: 918969846 (en horario de 10:00 a 13:00 horas)
    También en la web de la Mancomunidad:  https://mancomunidadsierraoeste.org

     

    Enlace al cartel oficial

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