Que es la conciliación – C

La conciliación de la vida personal, laboral y familiar pretende hacer compatible todos estos ámbitos de la vida.

Se entiende por conciliación de la vida familiar y laboral la introducción de una serie de medidas como un sistema de permisos por razones familiares, de atención a la infancia y a personas de edad avanzada y dependientes, y la creación de una estructura y organización del entorno laboral que facilite a los hombres y mujeres la combinación del trabajo y las responsabilidades familiares y del hogar.

Es necesario un reparto equitativo de la responsabilidad del hogar y el cuidado de los/as hijos/as y personas dependientes con el fin de distribuir justamente los tiempos de vida de hombres y mujeres. Se trata de la implicación de todos los miembros de la familia, que deben asumir las tareas domésticas y familiares como responsabilidad del grupo. Es una cuestión de hombres, mujeres, empresas e instituciones.

La necesidad regular la conciliación de trabajo y familia surge en la Unión Europea y está presente en las legislaciones de todos los Estados.

En España se aprobó la Ley de Conciliación de la vida laboral y familiar 39/1999 de 5 de noviembre que introduce cambios legislativos y modificaciones en otras leyes para que las personas trabajadoras, hombres y mujeres, puedan participar de la vida familiar.

Entre las medidas que facilitan la conciliación de la vida familiar y laboral podemos citar: las relativas a la organización del tiempo de trabajo, a permisos por responsabilidades familiares, que permitan crear y ampliar servicios para el cuidado de población infantil de 0 a 3 años, medidas en el ámbito educativo que faciliten el cumplimiento de los horarios laborales por los responsables familiares, servicios que apoyen el cuidado de las personas mayores y dependientes, etc.

 

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Junio 27
  • 27

    RESULTADO DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA PROVISIÓN DE UNA PLAZA DE TRABAJADOR SOCIAL, POR PROCEDIMIENTO DE CONCURSO-OPOSICIÓN, EN EL MARCO DEL PROCESO DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN DE LA MANCOMUNIDAD SIERRA OESTE.

    20:44
    27/06/2024-27/07/2024

    RESULTADO DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA PROVISIÓN DE UNA PLAZA DE TRABAJADOR SOCIAL, POR PROCEDIMIENTO DE CONCURSO-OPOSICIÓN, EN EL MARCO DEL PROCESO DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN DE LA MANCOMUNIDAD SIERRA OESTE.
    El Tribunal de la Convocatoria, para la provisión de 1 plaza de trabajador social por procedimiento de Concurso-Oposición, en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal de larga duración de la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Oeste, ha finalizado la valoración de méritos acreditados por los aspirantes y la corrección de las pruebas de la oposición, por la presente se hace público el resultado del proceso de selección.
    Conforme a lo establecido en las Bases de la Convocatoria se conceden cinco días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación en la web y en el tablón de anuncios, para formular alegaciones; transcurrido dicho plazo y resueltas las alegaciones que se formulen, el tribunal remitirá al órgano competente, para la resolución del proceso selectivo, la relación de aprobados.

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