Que es la Igualdad – Ig

La igualdad, relacionada con el trato entre mujeres y hombres, supone la ausencia de toda discriminación por razón de sexo.

La igualdad entre mujeres y hombres es un principio jurídico universal reconocido en diversos textos internacionales sobre derechos humanos. En España la Ley Orgánica para la igualdad efectiva de Mujeres y Hombres, conocida como Ley de Igualdad, se aprobó el 15 de marzo de 2007 tiene como finalidad alcanzar la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres y la eliminación de toda discriminación por razón de sexo, en particular la que afecta a las mujeres. Su dimensión es transversal y proyecta su influencia sobre la vida política, laboral, civil, económica, social, cultural y artística.

Las principales medidas se refieren al empleo y conciliación, a la protección de la maternidad y la creación de un permiso de paternidad. Asegura la representación equilibrada de ambos sexos en la composición de los órganos y cargos de responsabilidad de los poderes públicos, en los consejos de administración de las empresas y en la normativa del régimen electoral.

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Mayo 14
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    AYUDAS PARA APOYAR EL ACOGIMIENTO FAMILIAR DE MENORES 2019

    Todo el día
    14/05/2019

    Ayuda para apoyar el acogimiento familiar de menores en familia extensa (destinada a personas acogedoras de menores con los que están unidos por vínculos de parentesco, tanto en línea directa como colateral, ascendente o descendente, hasta el cuarto grado) y en familia seleccionada sin parentesco legal con el menor acogido, distinguiendo los siguientes supuestos:
    a) General o sin especial dificultad.
    b) Especial dificultad por menor acogido con discapacidad igual o superior al 33 por 100 y/o dependencia y/o necesidad de atención temprana.
    c) Especial dificultad por menor acogido que, sin estar en el supuesto anterior, requiere una especial dedicación continuada por motivos de carácter grave de salud física o mental.

    Plazo de presentación de solicitudes: Del 14 de mayo al 11 de junio de 2019.

     

    Ayuda para las familias del programa de acogimiento familiar de urgencia, distinguiendo lo siguientes supuestos:
    a) Acogimiento de urgencia general o sin especial dificultad.
    b) Acogimiento de urgencia de especial dificultad cuando se precise una mayor dedicación del acogedor o un esfuerzo adicional del conjunto de la familia acogedora debido a las especiales necesidades que presente el menor acogido a causa de enfermedad crónica, discapacidad, alteraciones psicológicas, psicopedagógicas o conductuales.
    En el programa de acogimiento familiar de urgencia, las familias pueden encontrarse en situación de disponibilidad o en situación de acogimiento efectivo.

    Plazo de presentación de solicitudes: Del 14 de mayo al 31 de octubre de 2019.

     

    Para más información y modelo de solicitud pinchar aquí.