Que son las familias numerosas – FI

SE CONSIDERAN FAMILIAS NUMEROSAS:

1- Las integradas por uno o dos ascendientes con tres o más hijos, sean o no comunes, o dos hijos si uno es discapacitado con una discapacidad igual o superior al 33%.
2- Dos ascendientes, cuando ambos fueran discapacitados, o al menos uno de ellos tuviera un grado de discapacidad igual o superior al 65%, con dos hijos sean o no comunes.
3- El padre o la madre separados o divorciados con tres o más hijos, sean o no comunes, aunque estén en distintas unidades familiares, siempre que se encuentren bajo su dependencia económica.
4- Dos o más hermanos huérfanos en los supuestos recogidos en la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas.
5- El padre o la madre con dos hijos cuando haya fallecido el otro progenitor.
Nota: Los hijos deberán ser solteros y menores de 21 años de edad, o ser discapacitados o estar incapacitados para trabajar, cualquiera que fuese su edad. Tal límite de edad se ampliará hasta los 25 años de edad, cuando acrediten (mediante matrícula o pago) que cursan algún tipo de estudio. También deberán convivir con el/los ascendiente/s y depender económicamente de ellos.
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Junio 27
  • 27

    RESULTADO DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA PROVISIÓN DE UNA PLAZA DE TRABAJADOR SOCIAL, POR PROCEDIMIENTO DE CONCURSO-OPOSICIÓN, EN EL MARCO DEL PROCESO DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN DE LA MANCOMUNIDAD SIERRA OESTE.

    20:44
    27/06/2024-27/07/2024

    RESULTADO DEL PROCESO SELECTIVO PARA LA PROVISIÓN DE UNA PLAZA DE TRABAJADOR SOCIAL, POR PROCEDIMIENTO DE CONCURSO-OPOSICIÓN, EN EL MARCO DEL PROCESO DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DE LARGA DURACIÓN DE LA MANCOMUNIDAD SIERRA OESTE.
    El Tribunal de la Convocatoria, para la provisión de 1 plaza de trabajador social por procedimiento de Concurso-Oposición, en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal de larga duración de la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Oeste, ha finalizado la valoración de méritos acreditados por los aspirantes y la corrección de las pruebas de la oposición, por la presente se hace público el resultado del proceso de selección.
    Conforme a lo establecido en las Bases de la Convocatoria se conceden cinco días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación en la web y en el tablón de anuncios, para formular alegaciones; transcurrido dicho plazo y resueltas las alegaciones que se formulen, el tribunal remitirá al órgano competente, para la resolución del proceso selectivo, la relación de aprobados.

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